Prestadores y efectores de APOS deberán registrar su correo electrónico

La titular de la Administración Provincial de Obra Social, Cra Claudia Ortiz,  aprobó mediante resolución Nº 4717, el Régimen de Notificaciones por Correo Electrónico con el fin de otorgar celeridad y economía procesal en los distintos trámites administrativos que involucran a prestadores, efectores de la obra social.

El registro es obligatorio, y se emplaza a las y los comprendidos en dicha resolución a informar a la obra social el domicilio electrónico, o casilla de correo electrónico correspondiente, en el lapso de 5 (cinco) días corridos a partir de la publicación de la misma.

La información requerida debe ser enviada al correo electrónico notificaciones@apos.gob.ar  . A partir de la recepción de la información solicitada, será la Dirección de Sistemas de APOS, la encargada del registro, control y certificación.

En el caso de tratarse de un prestador que nuclee a más de un efector, se considerará la notificación como válida una vez enviada al domicilio electrónico proporcionado por el prestador.

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