APOS resuelve la expulsión de un efector por facturación indebida

Mediante resolución, y tras comprobar la existencia de una falta en el cumplimiento del convenio celebrado, la Administración Provincial de Obra social dispuso la baja de su lista de efectores a un profesional médico por facturación indebida.

La falta consistió en el cobro de supuestas prácticas realizadas a un/a paciente ya fallecido y a un familiar del mismo, hecho que fue comprobado por el equipo de legales de la obra social luego de cumplimentar los pasos previstos tras la denuncia presentada por el damnificado.

La decisión fue tomada por APOS, bajo el amparo de la ley 7212 en su artículo 16, en el que se prevén las facultades de la administración de la obra social para dictaminar medidas ante este tipo de infracciones por parte de un efector/prestador.

Por otra parte, y teniendo en cuenta que la entidad prestadora que nuclea a los efectores es quien debe fiscalizar el cumplimiento de las normas previstas en los acuerdos firmados entre las partes, se resolvió además aplicar el descuento de un porcentaje del monto facturado por el Colegio Médico Gremial.

La administración de APOS lleva a cabo un exhaustivo control del cumplimiento de los convenios y/o acuerdos firmados con prestadores y proveedores, además del seguimiento de las denuncias presentadas, en defensa de los/as afiliados y afiliadas, y con el objetivo de optimizar los recursos públicos.

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